|
Preguntas frecuentes
¿ Que honorarios cobra un
Administrador?
Los colegios
de administradores de fincas urbanas de cada provincia establece los honorarios mínimos en función del
número de viviendas, locales comerciales, existencia de parking.
etc. Actualizándolos cada año en función del Indice de Precios
al Consumo.
-----------------------
¿ Es obligatoria la existencia de un Administrador
en la Comunidad?
No. Las funciones del Administrador pueden ser
realizadas por el Presidente. Sin embargo es muy aconsejable que exista
la figura del Administrador, profesional, colegiado, ya que con sus
conocimientos y control de los gastos, a la larga, conseguirá
ahorrarle dinero y problemas a la Comunidad.
--------------------
¿ Puede la Junta destituir al
Administrador antes de que
transcurra el periodo por el que fue nombrado?
Si. Ante la existencia de
alguna irregularidad o si la Comunidad no esta conforme con la forma de
gestionar del Administrador, se puede convocar una Junta
extraordinaria y destituirle. De igual forma el Administrador puede
también pedir su relevo antes que transcurra el periodo.
---------------------
¿ Tiene el Administrador derecho a algún tipo de
indemnización en caso de destitución?
No, el Administrador es un
gestor no un empleado de la Comunidad.
----------------------
volver
|