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Nº 1 |
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Un consumo de 130 litros por persona y día se considera
adecuado. Si está entorno a los 210 litros,
se considera alto. ¿ Quiere calcular el
suyo?
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Nº 2 |
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Antes de tomar cualquier otra iniciativa
comprobar :
- Tarifas aplicadas, ¿son
nuevas?
- Periodo facturado.
- Si el consumo es excesivo, haga la
siguiente prueba: cierre todos los grifos y verifique si se mueve el
contador.
Puede haber fugas.
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Nº 3 |
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En general la reclamación no exime del pago de la factura.
Sin embargo cuando ésta trate sobre la cuantía facturada,
el abonado puede pagar solo una cantidad similar a la del
recibo anterior. Una vez resuelta la reclamación, la entidad
suministradora hará una nueva liquidación de acuerdo con los
términos de lo resuelto.
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Nº 4 |
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Si. Como toda relación en la que hay un contrato por
la que se rige el suministro. El no cumplimiento de alguna de las
cláusulas recogida en dicho contrato puede suponer la suspensión del contrato y corte del
suministro . Excepto en casos
de gravedad, antes de proceder al corte se apercibirá al abonado de los
motivos y se le concederá un tiempo para que
proceda a tomar las medidas
pertinentes.
Alguna de las causas pueden ser:
- impago de la factura dentro del plazo establecido
- si no tiene contrato a su nombre y se niega a suscribirlo
- uso del agua para fines distintos del contratado
- establecer derivaciones a otras viviendas o locales
- no permitir la entrada al personal de la entidad para hacer
revisiones
- imposibilidad de llevar a cabo la lectura del contador y
negarse el usuario a cambiar su emplazamiento
- etc.
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Nº 5 |
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- podrá saber cuanto consume y pagará solo por la que gaste
- supondrá un ahorro ya que podrá controlar su propio gasto
- tendrá un incentivo para hacer un uso mas racional del
agua
- recibirá todo tipo de ayuda de su entidad suministradora ( conózcalas
)
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